Reinician los juicios a los implicados en el caso Ceiba Intercontinental

El juicio correspondiente al caso Ceiba Intercontinental continuó este jueves con la presentación de las conclusiones definitivas y los informes finales en la causa seguida contra Bienvenido Esono Engonga Okomo. Durante la sesión, Fiscalía, Abogacía del Estado, acusación particular y defensa expusieron sus posiciones finales antes de que la causa quedara vista para sentencia.

La Abogacía del Estado, que actúa como acusación principal, modificó su denuncia inicial e introdujo nuevos elementos en su escrito definitivo. La acusación particular también reformuló sus pretensiones y pidió la condena del procesado por varios presuntos delitos. En contraste, la defensa reiteró su solicitud de libre absolución, argumentando que las acusaciones no presentaron esos supuestos ilícitos en la fase inicial del proceso.

Tras una suspensión de cuatro horas para que la Abogacía del Estado ultimara su informe, la vista se reanudó con la lectura de los alegatos finales. Su representante afirmó que no procede la litispendencia invocada por las contrapartes y reconoció la gestión de Esono durante su etapa en Ceiba, aunque señaló irregularidades en la contratación de servicios. Sostuvo que el acusado no tenía autorización para firmar contratos y calificó su conducta de desleal. También alegó que, conforme al artículo 75 de la Ley contra la Corrupción, los delitos prescriben a los 30 años, rechazando así la tesis de prescripción. Solicitó la condena del acusado y una reparación económica de 421.146.754 francos CFA por presuntos cobros indebidos y daños a la compañía.

La defensa insistió en la inexistencia de pruebas constitutivas de delito y en la falta de competencia jurisdiccional. Alegó que no puede juzgarse un hecho no tipificado en el momento de su presunta comisión, recordando que la Ley de 2018 fue promulgada después de los hechos. Añadió que, al no existir responsabilidad penal, tampoco procede responsabilidad civil. Reivindicó además la gestión del acusado, respaldada según señaló por un manifiesto firmado por el personal administrativo de Ceiba.

La Fiscalía mantuvo su postura inicial, subrayando que la ley penal no puede aplicarse retroactivamente y que los hechos, ocurridos en 2017, están prescritos.

Tras la última intervención del acusado, el sumario quedó visto para sentencia. Para este viernes se prevé la presentación de las conclusiones finales del resto de los procesados.

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Justo Enzema-Nzá

Licenciado en Ciencia de Información y Periodismo por la UNGE. Está muy ligado al periodismo de investigación. lleva trabajando en los medios de comunicación nacionales desde 2014.

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